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Manuel Vera Quiles, Portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Torrevieja, al amparo de lo que establece el artículo 91 párrafo 4 ROM, presenta a Pleno, para su debate y aprobación la siguiente MOCIÓN: Convenio entre el Ayuntamiento y La Generalitat sobre la Ley de Dependencia
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Siendo la Generalitat Valenciana la que tiene las competencias exclusivas en materia de Servicios Sociales, le corresponde desarrollar en su ámbito territorial el modelo de atención integral establecido en la Ley 39/2006. Las Entidades Locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de la Generalitat Valenciana y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.
Las entidades Locales, tienen la obligación de prestar los Servicios Sociales en virtud de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local como competencia propia y por ello la Generalitat Valenciana, tiene que poner con generosidad, todos sus dispositivos a disposición del sistema sin caer en localismos exagerados y atomizantes. Reservarse las plazas de residencias o centros de día para los empadronados en su pueblo o ciudad.
La Generalitat Valenciana, tiene la obligación de articular un sistema coherente en el que se unifiquen las formas de acceso, los sistemas de provisión de plazas, los criterios de calidad y acreditación y la aportación económica del usuario. Esto solo es posible desde la Concertación entre la Generalitat y el Ayuntamiento de forma que las dos Administraciones aporten sus recursos, propios o concertados y homogenicen el sistema de acceso.
En el proceso para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema, las solicitudes, junto con toda la documentación, se presentará preferentemente en el registro oficial del Ayuntamiento de la Comunidad Valenciana donde esté ubicado el servicio municipal de atención a la Dependencia, en caso de que se haya suscrito el oportuno Convenio.
La resolución de grado de discapacidad deberá ser notificada al servicio municipal de atención a la dependencia y en nuestro caso sería a la Concejalía de Bienestar Social, el cual servirá de recomendación técnica con relación a los servicios, prestaciones y cuantías correspondientes, más adecuadas para la atención y el tratamiento, con garantía de acierto, de la situación de la dependencia en que se encuentre la persona beneficiaria de acuerdo con sus circunstancias personales, familiares y sociales.
Es por ello que cabe destacar el papel que han de jugar los servicios municipales de atención a la dependencia, dado que corresponde a estos la fase más relevante del procedimiento, cual es la negociación con el beneficiario de las prestaciones que se acomodan mejor, de entre las consideradas idóneas por parte de los servicios sociales a sus propias necesidades.
La Ley de Autonomía Personal y atención a la Dependencia debería suponer para el Ayuntamiento de Torrevieja un gran esfuerzo, tanto en su planificación, financiación, puesta en marcha y adaptación de estructuras existentes a la nueva Red de servicios. Por ello las arcas del Ayuntamiento deberán ser apoyadas para el correcto sostenimiento de estos servicios a través de conciertos económicos con la Generalitat Valenciana.
De no llevarse a término los acuerdos oportunos, se caerá en importantes contradicciones y aberraciones del sistema que obliga a las personas con un grado de dependencia reconocida, a renunciar a servicios y prestaciones como que ya venían recibiendo.
A fecha de hoy nos encontramos con muchos ciudadanos de Torrevieja que iniciaron el proceso de valoración del grado de discapacidad en estos momentos no está percibiendo ninguna de las prestaciones.
Por no haber firmado ningún convenio de colaboración entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Torrevieja, se dan casos graves de desinformación y se tiende a culpabilizar al otro de forma que el principal perjudicado siempre es el usuario que no sabe a qué atenerse ni a quién reclamar.
Aunque el Ayuntamiento de Torrevieja con competencias en materia de Servicios Sociales, debería estar informado, responsabilizarse en todo momento de la situación de las personas solicitantes y de las resoluciones y reconocimientos de derechos que se den en la ciudad de Torrevieja. Así cualquier ciudadano de Torrevieja, podría acudir a la Concejalía de Bienestar social del Ayuntamiento de Torrevieja y no solo al Teléfono de la Generalitat, para informase de la situación de su expediente.
Con la firma de un Convenio entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Torrevieja los solicitantes, podrían dirigirse a un profesional de la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Torrevieja como responsable de suministrar toda la información y como interlocutor permanente con el solicitante. Siendo está función de acompañamiento desde la información inicial a la solicitud, el espacio propio de la Concejalía. Sería necesario que dichos centros dispusieran de los recursos humanos suficientes para evitar lo que está ocurriendo, que cualquier ciudadano debe de esperar más de un mes para ser atendidos por los trabajadores sociales de la Concejalía de Bienestar Social de Torrevieja.
El artículo 10 del Decreto171/2007 de La Consellería de Bienestar Social dispone que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución que recaiga en el procedimiento regulado en este Decreto sea de seis meses, computándose a partir de la fecha de la recepción de la solicitud.
La Generalitat, debería haber superado ya, la excepcionalidad que ha supuesto inicialmente la implantación del Sistema, en cuanto al extraordinario retraso en los plazos de gestión de las solicitudes de valoración y la consiguiente prescripción de servicios.
Por ello el Grupo Municipal Socialista que suscribe formula la siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
- Que se firme un Convenio entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Torrevieja para que las solicitudes para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema, junto con toda la documentación, se pueda presentar preferentemente en el registro oficial del Ayuntamiento de la ciudad de Torrevieja y que una vez presentada la solicitud, en todo momento, los solicitantes puedan dirigirse a la Concejalía de BBSS del Ayuntamiento de Torrevieja como responsable de suministrar toda la información de su expediente y como interlocutor permanente con el interesado.
- Que se contrate urgentemente el personal necesario y cualificado profesionalmente como personal específico de los servicios municipales de Atención a la Dependencia.
Torrevieja, 10 de Mayo de 2010
Fdo. Manuel Vera Quiles
Portavoz Grupo Municipal Socialista
Sr. Alcalde.-Interior
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